Normas antilavado dificultan clima de negocios en Uruguay

19 de julio de 2018 Normas antilavado dificultan clima de negocios en Uruguay

De un total de 84 países relevados, Uruguay se posicionó como el décimo más complejo del mundo para realizar negocios según el Índice de Complejidad de Cumplimiento Corporativo 2018, elaborado por la consultora internacional TMF Group.

El estudio analizó el nivel de dificultad para instalarse en cada país y consideró aspectos tales como la facilidad relativa de establecer una empresa, el tipo y la cantidad de información que las compañías deben informar a las autoridades locales, y la complejidad para cumplir con la legislación nacional.

Según indicó TMF, la mala posición de Uruguay en el ranking de este año se debe "principalmente a la implementación continua de múltiples medidas de transparencia fiscal internacional, prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo", entre ellas las normas de cumplimiento del Estándar de Reporte Común (CRS) y de identificación del beneficiario final.

"La entrada en vigor de muchas de estas medidas en forma simultánea ha demostrado ser un desafío para las empresas", indicó el managing director de TMF Uruguay, Pablo González Coló, en declaraciones divulgadas por la consultora.

Especialistas en temas de inversión consultados por El País consideraron que si bien estas nuevas normativas generan dificultades para la concreción de negocios, su impacto debería ser de corto plazo. En la misma línea se manifestó González Coló: "Con el tiempo, aumentarán la confianza y la transparencia en el mercado".

Para el abogado y especialista en temas tributarios, Leonardo Costa, las múltiples reglas adoptadas por el país en materia de control fiscal representan el "cambio de paradigma más radical en los últimos 30 años", y agregó que "necesariamente" eso implica una reestructuración de todos los negocios.

Costa evaluó que si bien la complejidad actual es alta debido a las mayores exigencias, esa no debería ser una situación permanente. "Sin dudas que con el tiempo todo esto va a ser beneficioso. Este año fue de muchos cambios, pero el año que viene ya deberíamos entrar en un proceso de simplificación", expresó.

En el informe que divulgó, TMF Group señaló que la implementación de este conjunto de medidas en Uruguay obliga a las empresas a tomar "las precauciones necesarias para su cumplimiento". Esa atención que deben tener las compañías se explica porque "no cumplir o equivocarse puede resultar en sanciones que de acuerdo a la gravedad del desvío, podrá ser una observación, un apercibimiento o multas con montos muy significativos".

En consonancia con la evaluación de TMF Group, el economista e investigador en el área de inversiones, Diego Vallarino, manifestó a El País que estos cambios a nivel regulatorio complejizan el clima de negocios, pero son "necesarios".

Aclaró que el término "complejidad" no debería utilizarse como sinónimo de "malo o bueno", sino que debería verse en términos de proceso. "En el corto plazo el clima de negocios se complejiza debido a los cambios regulatorios, pero eso es propio de un proceso de cambio institucional, no es negativo per se", explicó.

En línea con esta opinión, González Coló indicó que "una vez que las empresas se ajusten a estas nuevas reglas diseñadas para cumplir con los estándares internacionales, deberíamos ver que los indicadores de la complejidad del cumplimiento comiencen a ubicarse en un nivel más básico".

El problema según Vallarino aparecerá en caso que el proceso de cambios no implique una simplificación en los trámites. "Está bien que exista un mayor control en los negocios, pero si esa burocracia de la administración pública (pedidos de información y trámites regulatorios) no culmina luego en una simplificación de los procedimientos, estaríamos en el peor de los escenarios", sentenció.

Para el especialista en temas de inversión, los controles regulatorios deben ser eficientes y eficaces, de lo contrario será "imposible mejorar" en alguna medición del clima de negocios. Y esto es de suma importancia, porque subrayó que "esos índices son los que tienen en cuenta los inversores que quieren venir a Uruguay".

Más allá del panorama actual, Vallarino opinó que en Uruguay siempre fue "complejo" cumplir las normas. "No podemos hacer más burocrático algo que ya lo es", concluyó.

Mundo

Aparte de Uruguay, entre los diez países más complejos del mundo para concretar negocios aparecen los vecinos Brasil (séptima posición) y Argentina (cuarto lugar). Mientras que otro socio regional como Paraguay se ubicó como el lugar menos complejo para las empresas.

"Las jurisdicciones más complejas de América Latina se agruparon en América del Sur", repasó TMF Group, ya que a los países mencionados debe sumarse Perú (14), Venezuela (21) y Colombia (25).

Las naciones del resto del mundo que aparecen en el ranking de las 10 más complejas son Emiratos Árabes Unidos, Qatar, China, Malasia, Líbano, Vietnam y Polonia.

En contraposición, los 10 lugares identificados por la consultora como los menos complejos para concretar negocios son: Irlanda, Dinamarca, Curazao, Honduras, Nicaragua, Ucrania, Luxemburgo, Marruecos, Hungría y Paraguay.

Según Vallarino, lo importante es analizar la reglamentación en cada caso a la hora de concretar una inversión, ya que las exigencias normativas varían según el país. Como ejemplo, mencionó que Uruguay o Argentina tienen normativas más exigentes que Honduras o Paraguay, ya que existe una lista de naciones en el mundo que "a nivel de regulación e institucionalidad son bastante débiles".

Un antes y un después de la ley de transparencia

Con el objetivo de combatir el lavado de dinero y mejorar la imagen a nivel internacional, Uruguay aprobó a fines de 2016 la Ley de Transparencia Fiscal, que establece entre otras cosas la obligación por parte de los bancos, fideicomisos y fondos de inversión de informar a la DGI los saldos y rentas en cuentas bancarias de residentes y no residentes. Además, la normativa vigente establece que las entidades financieras obligadas al reporte deberán identificar la residencia fiscal del titular de las cuentas. Sumado a eso, la ley indica que las sociedades (persona jurídica, fideicomiso, fondo de inversión u otro patrimonio de afectación o estructura jurídica) con residencia fiscal en Uruguay "deberán identificar inequívocamente a sus beneficiarios finales, contando con la documentación que lo acredite".

Fuente: El País Digital